
Eliminación
del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (lo que supone
un ahorro que oscila entre el 2,8 y el 5,6 por mil, según
importes).
Ahorro
de los costes bancarios tradicionales producidos por la puesta en
gestión de cobro de documentos físicos.

El
proveedor podrá solicitar financiación de las órdenes
de pago a través de la carta de notificación, con
el único requisito de devolverla a Santander
Factoring y Confirming firmada por persona
con poder suficiente.
No
será necesaria la apertura de una línea de crédito
para la financiación, por lo que no tendrá que aportar
ningún documento informativo sobre su situación financiera
ni garantía alguna.
El
proveedor podrá financiar hasta el 100% de las facturas conformadas
por al empresa cliente, por lo que no está sometido a límites
máximos preestablecidos.
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